AVISO – Crónica no firmada en protesta por la “Ley Mordaza”.
Tras la recepción de varias multas de 601€ los últimos días, desde KIT RADIO INTERNACIONAL os esclarecemos como saber si hay que pagarlas o no. También cuando prescriben y que trámites realizar en tal caso.
Tras ver con impotencia como varios compañeros de profesión, también de otros ámbitos, recibían multas de grandes cantidades durante los últimos días, hemos querido explicaros como saber si tenéis que pagarlas, como recurrirlas e incluso como saber si han prescrito. Las multas recibidas en los últimos días ascienden ni mas ni menos a 601€, una cantidad lo bastante alta como para afectar el bolsillo de cualquiera. Muchas de ellas se tramitaron en Junio, lo que indica que se encuentran fuera de plazo y por lo tanto no hace falta pagarlas.
Las multas enviadas con fecha superior a tres meses de la denuncia están caducadas
Cualquier tipo de multa tiene un plazo de tres meses para ser enviada por la administración. El caso es que varias de las multas recibidas los últimos días llevan fecha del mes de Junio, lo que indica que la denuncia fue tramitada hace un plazo superior al periodo indicado. Dichas multas pues no deben pagarse de ninguna de las maneras, deben ser recurridas, de ésta manera nos ahorraremos perder dinero para nada.
Aquellas multas inferiores a tres meses y que creamos que la denuncia no tiene sentido deben ser alegadas por los bufetes de abogados de sindicatos, o incluso por la via penal. Tampoco deben pagarse desde el primer momento ya que al tratarse de una cantidad tan alta de dinero sería bueno ver si nos lo podemos ahorrar.
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